BOLETÍN 7010
INFORMACIÓN COMPARATIVA: CIFRAS CORRESPONDIENTES A PERIODOS ANTERIORES
Y ESTADOS FINANCIEROS
COMPARATIVOS
1.- ¿EN QUE CONSISTE EL UN TRABAJO DE
ATESTIGUAR?
R=ES UN INFORME EN EL CUAL EL CONTADOR PUBLICO ESTABLECE
CLARAMENTE,SI EN SU OPINIÓN A)LA ASEVERACIÓN QUE HACE LA ADMINISTRACIÓN ESTA
PRESENTADA EN TODOS SUS ASPECTOS IMPORTANTES CON BASE EN LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS
2.-¿Qué DEBE CONTENER EL EXAMEN EN UN TRABAJO DE
ATESTIGUAR?
R=DEBE CONTENER
A)UN TITULO QUE INCLUYA LA PALABRAINDEPENDIENTE
B) UNA IDENTIFICACION DE LA ASEVERACION QUE ASE LA ADMON
C) UNA DECLARACION QUE LA ASEVERACION ES RESPONSABILIDAD
DE LA ADMINISTRACION
D) UNA DECLARACION
DE QUE LA RESPONSABILIDAD DEL CONTADOR PUBLICO ES EXPRESAR ,CON BASE
EN SU EXAMEN UNA OPINION SOBRE LA
ASEVERACION QUE ASE LA ADMINISTRACION
E) UNA DECLARACION
DE QUE EL EXAMEN SE EFECTUE DEACUERDO
CON LAS NORMAS PARA ATESTIGUAR
ESTABLECIDAS POR EL IMCP Y DE QUE , POR LO TANTO ,INCLUYO LOS PROCEDIMIENTOS
F) UNA DECLARACIÓN DE QUE EL CONTADOR PUBLICO CONSIDERA
QUE EL EXAMEN PRACTICADO
3.- ¿QUE ES LA REVICION REALIZADA EN UN TRABAJO DE
ATESTIGUAR?
R= ES UN INFORME REALIZADO POR EL CONTADOR PUBLICO EN EL CUAL DEBE SEÑALAR SI ALGUNA INFORMACIÓN LLAMO SU ATENCIÓN DURANTE EL TRABAJO REALIZADO
4.- ¿Qué DEBE CONTENER LA REVISIÓN REALIZADA EN UN
TRABAJO DE ATESTIGUAR?
R=DEBE CONTENER
A) UN
TITULO QUE INCLUYA LA PALABRA “INDEPENDIENTE”
B) B)
UNA IDENTIFICACION DE LA ASEVERACION QUE HACE LA ADMINISTRACION
C) C)
UNA DECLARACION DE QUE LA
ASEVERACION ES RESPONSABILIDAD DE
ADMINISTRACION
D) D)
UNA DECLARACION DE QUE LA REVOSION SE EFECTUA
DEACUERDO CON LAS NORMAS PARA ATESTIGUAR
ESTABLECIDAS POR EL IMCP
E) E)
UNA DECLARACIÓN DE QUE UNA REVISIÓN ES SUSTANCIALMENTE MENOR EN EL ALCANCE AU
EXAMEN
5.- ¿ CUANTOS TIPOS
DE OPINIÓN EXISTEN EN UN TRABAJO DE ATESTIGUAR?
R=OPINIÓN EN SALVEDADES Y OPINIÓN DENEGADO O ABSTENCIÓN DE OPINAR
BOLETÍN 7020
INFORME SOBRE EXÁMENES Y REVISIONES DE INFORMACIÓN FINANCIERA PRO FORMA
1.- ¿Cuál ES EL OBJETIVO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS PRO FORMA?
R= EL OBJETIVO ES COMUNICAR CUALES HUBIERAN SIDO LOS EFECTOS IMPORTANTES QUE UNO O MAS
OPERACIONES O EVENTOS PROPUESTOS O YA
CONCURRIDOS
2.-¿ QUE EFECTOS
DE LAS OPERACIONES MUESTRA LA INFORMACIÓN FINANCIERA PRO FORMA?
R=A) ADQUISICIONES,FUNCIONES Y ESCISIONES DE NEGOCIOS
B) CAMBIOS EN EL
CAPITAL CONTABLE
C)DISPOSICION DE
UN SEGMENTO N O AREA IMPORTANTE DEL NEGOCIO
D) CAMBIO EN LA
FORMA DE ORGANIZACIÓN DEL NEGOCIO EN SU ESTADO
COMO UNA IDENTIDAD INDEPENDIENTE
E) PROPUESTA DE
VENTAS DE VALORES Y APLICACIÓN DE LOS FONDOS DERIVADOS DE ELLA
3.-¿ QUE DOCUMENTOS CONFORMAN LA INFORMACIÓN FINANCIERA PRO FORMA?
R= LA INFORMACIÓN FINANCIERA PRO FORMA
ESTA CONFORMADA POR LOS ESTADOS
FINANCIEROS BÁSICOS COMPLETOS
POR EL AÑO MAS RECIENTE O EL QUE
PRECEDE EN EL DE ADQUISICIÓN
O FUNCIÓN
4.-¿Cuál ES LA FINALIDAD
DEL TRABAJO DE ATESTIGUAR?
R= SU FINALIDAD ES RENDIR UN INFORME PROFESIONAL INDEPENDIENTE DEBE SER DESEMPEÑADO POR PERSONAS QUE, TENIENDO TITULO PROFESIONAL DE CONTADOR PUBLICO O EQUIVALENTE
5.-¿ CUALES SON LAS CONDICIONES SOBRE LAS CUALES DEBE EMITIRSE UN INFORME?
R=PRIMERAMENTE HAY
QUE SEÑALAR QUE DOCUMENTO QUE CONTENGA
LA INFORMACIÓN COMPLETOS DE LA ENTIDAD
POR EL AÑO MAS RECIENTE O POR EL
AÑO PRECEDENTE.
BOLETÍN 7030
CONTROL INTERNO
RELACIONADO CON LA PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA
1.-¿ CUAL ES EL OBJETIVO
DEL BOLETÍN?
R=ESTE BOLETÍN ESTABLECE NORMAS Y PROPORCIONA GUÍAS AL CONTADOR PUBLICO QUE ES CONTRATADO PARA EXAMINAR
Y OPINAR SOBRE LA EFECTIVIDAD DEL DISEÑO
2.-¿LIMITACIONES Y ALCANCE MENCIONA ALGUNAS?
R=EL BOLETIN NO ES APLICABLE A LOS SIGUIENTES ASPECTOS
A) EXAMEN
DE LOS CONTROLES INTERNOS APLICABLES
ALAS OPERACIONES Y AL
CUMPLIMIENTO DE LEYES Y REGLAMENTOS
B) TRABAJOS
SOBRE PROCEDIMIENTOS CONVENIDOS
C) ESTUDIO
Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO DE UNA
ENTIDAD DESCRITAS EN EL BOLETÍN 3050
D) TRABAJOS DE CONSULTORA
E) TRABAJOS DE IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA
DE CONTROL INTERNO .
3.-¿MENCIONA 2 CONDICIONES PARA LLEVAR A
CABO UN EXAMEN DE CONTROL INTERNO?
R= 1.- LA ADMINISTRACIÓN ACEPTA QUE ES RESPONSABLE DE A EFECTIVIDAD DEL DISEÑO Y LAS OPERACIONES DEL CONTROL INTERNO DE LA ENTIDAD
2.-PODRÍAN DESARROLLARSE ELEMENTOS
SUFICIENTES DE EVIDENCIAS QUE
PERMITAN LLEVAR A CABO LA REVISIÓN
DE LAS DECLARACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA ENTIDAD.
4.-¿ CUALES SON LOS SERVICIOS QUE NO
CORRESPONDEN A TRABAJOS DE
ATESTIGUAMIENTO?
R=LA ADMINISTRACIÓN PUEDE CONTRATAR AL C.P
PARA PROPORCIONAR CIERTOS SERVICIOS
SOBRE LA EFECTIVIDAD DEL DISEÑO
5.-¿ MENCIONA 2 COMPONENTES DEL CONTROL INTERNO DE LA ENTIDAD?
R=1.- OBJETIVIDAD –EL CRITERIO DEBE SER LIBRE DE PREJUICIOS
2.-MENSURABILIDAD- EL CRITERIO DEBE PERMITIR
RAZONAR MEDICIONES CONSISTENTES,
DATOS CUALITATIVOS O CUANTITATIVOS DEL ESTUDIO.
Boletín
7040
1 ¿cuál
es el alcance y límites de este boletín?
El presente boletín comprende los lineamientos normativos
aplicables al contador público en su actuación como profesional especializado
en la realización de examen para atestiguar sobre:
*el cumplimento con disposiciones específicas por parte
de una compañía, o sobre las declaraciones de la administración respecto al
cumplimiento de las mismas.
*las declaraciones de la administración respecto a la
efectividad del control interno para dar cumplimiento a las disposiciones específicas.
2
¿Cuál es el objetivo de este boletín?
Es establecer los pronunciamientos normativos de
ejecución del trabajo y de información a que se debe sujetar el contador
público en el desarrollo de sus actividades, como profesional experto al rendir
un informe relativo al examen sobre el cumplimiento de disposiciones
específicas.
3 ¿cómo
debe ser proporcionadas las declaraciones escritas de la administración?
Deben proporcionarse al contador público por medio de:
*una carta de presentación.
*o presentadas en un anexo que se acompañe al informe del
contador público.
4
¿cuál es el objetivo del examen que practica el contador público acerca del
cumplimiento de la entidad de disposiciones específicas o las declaraciones de la
administración?
El principal objetivo es emitir una opinión
5
¿Qué debe hacer el contador público para emitir dicha opinión?
El contador público debe acumular suficiente evidencia
sobre el cumplimiento de la entidad de las disposiciones específicas con el
objeto de limitar el riesgo de atestiguamiento y mantenerlo en un nivel bajo.
Boletín
7050
1
¿Cuál es el objetivo de este boletín?
Es el de establecer los pronunciamientos normativos a los
que se deben sujetar los contadores públicos que sean contratados para prestar un servicio de atestiguamiento.
2
¿Qué debe hacer el contador público en la realización de estos trabajos?
El contador público debe aplicar los procedimientos y
cumplir con las normas que establecen este boletín y el boletín 7010 de normas
de atestiguar.
3
¿Cuál es el alcance de y las limitaciones de este boletín?
Este boletín se refiere a los informes sobre exámenes y
revisiones de atestiguamiento que con frecuencia y atendiendo a diversas
necesidades solicitadas al contador público los cuales son diferentes a los
siguientes informes que se encuentran normados en otros boletines de la serie
7000.
4 ¿A
qué está obligado el contador ´publico cuando realiza un trabajo de
atestiguamiento para un cuerpo
gubernamental o agencia y accede?
El contador público está obligado a seguir los
requerimientos que le diga el cuerpo gubernamental así como las normas para
atestiguar aplicables.
5 ¿Qué
debe hacer el contador público para evitar confusiones?
En ningún caso el contador público deberá presentar su
opinión sobre componentes cuentas o partidas específicas acompañando la misma a
los estados financieros básicos dictaminados de la entidad.
Boletín
7060
1
¿Qué son los estados financieros proyectados?
Son presupuestos financieros o proyecciones financieras
incluyendo los resúmenes de las principales políticas contables y de los
supuestos o hipótesis a una fecha y por un periodo futuro que no necesariamente
ocurrirán.
2
¿para que se preparara una proyección financiera?
Se preparara en ocasiones para presentar uno o más
escenarios de acción para evaluación. Está basada en los supuestos de quien la
prepara y refleja las condiciones que se espera existirán en el curso de acción
que se tome considerando una o más hipótesis.
3
¿Cuál es el alcance y las limitaciones de este boletín?
Este boletín es aplicable cuando un contador público es
contratado para emitir un informe sobre examen de información financiera
proyectada independientemente de cómo se le nombre.
4
¿Cuál es el objetivo de este boletín?
Es el de establecer pronunciamientos normativos a los que
se debe sujetar el contador público al emitir opiniones sobre información
financiera proyectada.
5
¿De qué es responsable la administración?
Es responsable de la preparación y presentación de la
información financiera proyectad incluyendo la identificación y revelación de
los supuestos sobre los que se basa (la declaración de la administracion).
CARTA CONVENIO PARA
CONFIRMAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATESTIGUAR
¿Cuál es el alcance
de esta NIA?
R= El presente boletín se refiere a la Carta
Convenio que el Contador Público prepara para formalizar con su cliente la
aceptación y términos del servicio de atestiguar que prestará. Esta carta, con
las modificaciones pertinentes, puede ser utilizada para establecer la
prestación de diferentes tipos de servicios que proporcione el Contador
Público, en su carácter de profesional independiente, de conformidad con las
normas para atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores
Públicos.
¿Cuáles son los
objetivos de la carta convenio para confirmar la prestación de servicios de
atestiguar?
R= El objetivo de
este boletín es normar el contenido de la Carta Convenio que establece los
términos de la prestación de servicios de atestiguar.
¿Qué son los
pronunciamientos normativos?
R= Con el propósito
de establecer claramente los términos y alcance de los servicios que
proporcionará el Contador Público, éste debe preparar una Carta.
Convenio que describa
el trabajo acordado. Este acuerdo reduce el riesgo de que el cliente o el
Contador Público interpreten erróneamente los derechos y obligaciones de la
contraparte. Este entendimiento debe incluir los objetivos del trabajo, las
responsabilidades de las partes involucradas, las declaraciones y otras
comunicaciones de la administración relacionadas con el trabajo de atestiguar,
los reportes a ser entregados y, en su caso, las limitaciones correspondientes.
¿Cuál es la
responsabilidad del contador público?
R= Se debe indicar
que el trabajo será realizado de acuerdo con las normas para atestiguar emitidas
por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos y que dichas normas requieren
que el Contador Público exprese una conclusión acerca de la confianza que pueda
depositarse en una aseveración escrita, que es responsabilidad de quien la
emite. Asimismo, la Carta Convenio debe señalar que el trabajo de atestiguar no
ofrece una seguridad absoluta sobre dicha aseveración.
¿Con que propósito se
presenta la carta convenio?
R= con el propósito
de establecer claramente los términos y alcance de los servicios que
proporcionara el contador público. Este acuerdo reduce el riesgo de que el
cliente o el contador público interpreten erróneamente los derechos y
obligaciones de la contraparte. Este entendimiento debe incluir los objetivos
del trabajo, las responsabilidades de las partes involucradas, las
declaraciones y otras comunicaciones de la administración relacionadas con el
trabajo de atestiguar, los reportes a ser entregados y, en su caso, las
limitaciones correspondientes.
NIA 7090
INFORME DE
ATESTIGUAMIENTO SOBRE LOS CONTROLES DE ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS
¿Cuál es el objetivo
de esta NIA?
R= Esta norma para
atestiguar se refiere a los trabajos de atestiguamiento realizados por un
auditor (contador público in- dependiente), para proporcionar un informe a ser
utilizado por las entidades usuarias y sus auditores externos, sobre los
controles de una organización que le presta servicios a las entidades usuarias
y que probablemente es importante para la entidad usuaria, el control interno
de la información financiera relativa. Esta norma es un complemento de la Norma
Internacional de Auditoría 402,1 puesto que los informes preparados de
conformidad con esta norma, pueden proporcionar evidencia apropiada según dicha
norma.
¿Qué es el marco de
atestiguamiento?
R= establece que un
trabajo de atestiguamiento puede ser un trabajo de “atestiguamiento razonable”
o un trabajo de “atestiguamiento limitado”; un trabajo de atestiguamiento puede
estar “basado en aseveraciones” o ser un trabajo de “reporte directo”, y que la
conclusión del atestiguamiento para un trabajo con base en aseveraciones puede
ser redactado en términos de la aseveración de la parte responsable o
directamente en función de la materia y los cri- terios.2 Esta norma solo se
refiere a los trabajos basados en aseveraciones que transmiten un
atestiguamiento razonable, con la conclusión de trabajo redactada directamente
en función de la materia y los criterios.
¿Cuándo se aplica
esta Norma?
R= Esta norma es aplicable cuando la
organización de servicios es responsable de, o de alguna forma, puede aseverar
sobre el adecuado diseño de los controles. Esta norma no se refiere a los
trabajos de atestiguamiento para emitir un informe sobre:
(a) Si los controles
de una organización de servicios operan como se describe, o
(b) Si los controles
en una organización de servicios distintos de los relacionados con el servicio
que pudiera ser relevante para el control interno de las entidades usuarias, en
relación con su información financiera (por ejemplo, los controles que afectan
la producción o el control de calidad de las entidades usuarias).
¿Cuál es el objetivo
de esta NIA?
R= Los objetivos del
auditor de la organización de servicios son:
(a) Obtener
certidumbre razonable de que, en todos los aspectos importantes, sobre la base
de criterios adecuados:
i. La descripción del
sistema de la organización de servicios se presenta razonablemente como se
diseñó y aplicó en todo el periodo especificado (o en el caso de un informe de
Tipo 1 [Párrafo 9-j], a una fecha determinada);
ii. Los controles
relacionados con los objetivos de control establecidos en la descripción del
sistema preparada por la organización de servicios fueron diseñados
adecuadamente durante el periodo de tiempo específico (o en el caso de un
informe de Tipo 1, a una fecha determinada);
iii. En caso de que
se incluya en el alcance del trabajo, los controles operan efectivamente para
proporcionar un atestiguamiento razonable de que los objetivos de control
establecidos en la descripción del sistema preparada por la organización de
servicios, se cumplieron durante el periodo de tiempo específico.
(b) Informar sobre los asuntos descritos en el
inciso (a) anterior, de conformidad con los hallazgos del auditor de la
organización de servicios.
¿Qué es el método de
exclusión?
R=Método para
efectuar los servicios proporcionados por una organización de sub-servicios,
donde la descripción del sistema de la organización de servicios incluye la
naturaleza de los servicios prestados por una organización de sub- servicios,
pero los objetivos de control pertinentes y los controles relacionados de dicha
organización de sub-servicios se excluyen de la descripción del sistema de la
organización de servicios y del alcance del trabajo del auditor de la
organización de servicios. La descripción del sistema de la organización de
ser- vicios y el alcance del trabajo del auditor de dicha organización de
servicios, incluyen la revisión de los controles de la organización de
servicios para moni- torear la efectividad de los controles establecidos en la
organización de sub-servicios, los cuales pueden incluir la revisión del
informe de la organización de servicios sobre los controles en tal organización
de sub-servicios.
CONCLUSIÓN
LAS NORMAS DE
ATESTIGUAMIENTO
Los trabajos que efectúan
los contadores se han ampliado, ya que se elaboran con características
especiales debido a la naturaleza de los mismos, haciéndolos diferentes a los
que se efectúan en las auditorías.
Es por ello que se
elaboraron las Normas para Atestiguar, mismas que se desarrollaron para buscar
una respuesta a las demandas de nuevos servicios como son: Informes sobre la
efectividad del control interno, Dictámenes del Seguro Social e Infonavit,
Contribuciones Locales, entre otras.
Las normas para
atestiguar dan al contador público la oportunidad de proporcionar diferentes
servicios profesionales más allá del examen o revisión de los Estados
Financieros, sin estar sujeto a las restricciones específicas q establecen las
Normas de Auditoria.
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